Frente a los conflictos que inevitablemente nos toca vivir,
la actitud negociadora es eficaz para conducirnos en un proceso en el que todos
podemos ganar. La negociación en sus diversas formas tiene muchas y concretas
ventajas comparándola con el resto de los métodos –por lo general violentos– a
los que recurrimos. Podemos ser agentes pacificadores allí donde estemos y
cualquiera sea el rol que desempeñemos.
I. Sobre el conflicto.
1) Es una realidad con la que convivimos todo el tiempo. Tan
antigua como el primer ser humano que tuvo al frente, o al lado, a otro ser
humano. Se estableció entonces y para siempre, lo que definimos como “relación
social”, que se traduce en el comportamiento recíproco de dos o más individuos
que orientan comprenden y resuelven sus conductas teniendo en cuenta la de los
otros. Son de acuerdo, cooperativas o coincidentes si los objetivos son comunes
o coincidentes o son conflictivas si los objetivos son incompatibles o se
perciben como incompatibles. Cotidianamente nos vemos en situaciones
familiares, vecinales, contractuales, de dependencia, societarias,
empresariales y tantas otras, con iguales o de otro nivel o jerarquía, en la
que una parte quiere obtener algo y otra parte se opone, lo traba, de modo que
los objetivos de uno no aparecen como compatibles con los del otro. Y esto es
así aún cuando tengan estas partes, objetivos que son comunes parcialmente. Si
repasáramos uno de nuestros días, comprobaríamos que afrontamos continuamente
conflictos de todo tipo, menores algunos y mayores otros y que hemos actuado de
distinta manera frente a ellos. Sí podemos asegurar que si de alguno nos hemos
ocupado o hemos resuelto, seguramente debimos considerar quién era el otro, que
quería, tener en cuenta sus actos, el poder de cada uno, las consecuencias de
la conducta propia y del otro, en fin: hemos negociado o intentado negociar sin
darnos cuenta quizás, de todo lo que se ha puesto en juego en cada situación.
Cada una de las decisiones tomadas se ha visto influida por muchas cuestiones,
que los estudiosos de este tema definen justamente como los elementos del
conflicto.
2) El conflicto no es malo per se. Permite, como las crisis,
poner en juego la creatividad, avanzar, superarse y ensayar nuevas formas de administrarlo. Y esto es válido
para los conflictos en el seno de una familia, unida o en proceso de
separación, conflictos entre hermanos, entre herederos, entre consorcistas por
las obras que unos quieren y otros no, entre el empleado que quiere ganar más y
el empleador que quiere pagar menos, entre gerentes que pretenden el mismo despacho o más dependientes, socios
minoritarios enfrentados con la mayoría, docentes contra directivos, alumnos
contra sus pares, sindicatos entre sí, naciones contra otras, etc. etc. Y emprendedores
también que se inician en una nueva actividad y tienen que comenzar a negociar
con proveedores, locadores, etc. A propósito mencioné este variado menú para
darnos cuenta de dos cosas: que todos los conflictos entran en aquella
definición que dimos al principio –cualquiera sea su entidad y complejidad,
reconociendo -claro- que pueden presentarse peculiaridades y que sólo una
pequeña porción de los conflictos pueden
ser resueltos buscando soluciones en el sistema jurídico. Y esto último se da
porque una inmensa cantidad de las pretensiones incompatibles de las que
hablamos, pertenecen al amplio universo de lo permitido, de lo que no está
sancionado.
II. Modos de resolución. Existen muchos inventarios de
métodos, violentos y pacíficos. Históricamente
se ha recurrido a los oráculos, juegos de azar, combate o guerra,
duelos, mediación, arbitraje, tribunales, votaciones, etc. Esto de las
votaciones es interesante porque en el conflicto por el poder o por cuál haya
de ser el contenido de las normas que se dicten para la vida social, las
elecciones significan excluir la violencia como método de solución y adoptar
una resolución pacífica y reglamentada.
Decimos también que el sistema jurídico -que los jueces
tienen en cuenta- es una forma de resolver los conflictos tratando de excluir
el uso de la violencia por los particulares, pero esto no significa eliminar el
uso de la violencia totalmente porque en este caso queda reservada al órgano
judicial. El juez hace uso de la amenaza de la fuerza y luego recurre a ella
directamente, si por ejemplo tiene que ejecutar una sentencia contra un deudor,
rematar un bien, desalojar. Que lo haga considerando un objetivo o meta
legítima, no le quita su carácter violento.
Concluimos entonces en que el sistema jurídico, recurrir a
los tribunales, no es un método pacífico de resolución de controversias. Sí lo
son en cambio, la negociación y la
negociación asistida por un tercero, como lo es la mediación.
III. La ventaja de la negociación frente a otros métodos. Si
vemos el conflicto, nos decidimos a actuar y de manera pacífica, estamos bien
encaminados. Hay quienes se paralizan, sólo perciben una amenaza, hay quienes
reaccionan violentamente y otros que ni siquiera toman conciencia del
conflicto. En estos casos las relaciones entre las partes se deteriorarán aún
más, con pérdidas materiales y desgaste emocional. En cambio si, como nos
enseñan los chinos con sus ideogramas, entendemos que la “crisis” es la
conjunción de “amenaza” y “oportunidad” podremos analizar el conflicto en todos
sus elementos y empezar a trabajar con una mentalidad abierta, creativa que nos
pueda llevar a un resultado ganancioso para todos. Con esto quiero decir que
las mentalidades que sólo conciben el resultado “ganador/perdedor” no son las
proclives a negociar. Ganador/perdedor es por ejemplo, lo que determina una
sentencia. Sentencia que por supuesto no significa que el “ganador” obtenga
realmente lo que demandó. La negociación bien llevada se centra en los
verdaderos intereses de cada parte, valoriza la comunicación, plantea
alternativas, focaliza las cuestiones a resolver, neutraliza las escaladas, no
se detiene en los enfrentamientos personales, y busca la conciliación
gananciosa para todos. Obviamente, no es la panacea universal. Hay individuos
cuyo objetivo es “derrotar” al otro, sea de un puñetazo o por la vía legal,
blandir la sentencia como un triunfo personal cuando se trata de derechos y
obligaciones legales, sin importar si eso les reporta un beneficio real. Y por
otro lado, existen cuestiones que se consideran “no negociables” como el buen
nombre y el honor. Recordemos también que la mayoría de los conflictos no son
“solucionables” recurriendo al orden jurídico porque las partes ejecutan
conductas enfrentadas pero permitidas. Decimos entonces que la negociación es
buena porque mantiene las relaciones, respeta a las personas, atiende a las
distintas pretensiones y nos da la posibilidad de superarnos, sin ser superados
por los conflictos o las crisis (como decía Einstein…). El cuentito de la
naranja se repite a menudo cuando a través del diálogo, los objetivos que
aparecían en un momento como totalmente incompatibles, encuentran otras formas
para ser alcanzados que no significan la “derrota” del otro. (Un cuentito
clásico de negociación refiere el enfrentamiento de dos partes por la posesión
de una naranja. El conflicto sólo pudo ser resuelto cuando ambas revelaron su
interés: una quería tomarse el jugo y la otra quería hacer cascaritas para un
postre).
IV. La mediación como negociación asistida. Frente al
conflicto y decididos a negociar, podemos intentar este proceso de negociación,
del que hablamos. En muchos países, la negociación es la regla y el juicio, la
excepción. Incluso las grandes compañías pactan recurrir a negociaciones privadas
para resolver sus diferencias, tengan o no tinte legal. Desde ya que de
afamadas universidades extranjeras, han salido lúcidos, expertos negociadores
que siguen enseñando estas prácticas, que algo de arte tienen.
Según el caso y su complejidad, las partes pueden sentarse a
una mesa, con o sin asesores, buscando entenderse directamente o pueden
recurrir a un tercero que guiará el proceso, utilizando determinadas técnicas y
herramientas para facilitar el diálogo y arribar a un acuerdo. Este tercero,
neutral, imparcial, se llama mediador y en un ámbito de confidencialidad,
facilita el acercamiento y la creación de propuestas. Si se trata de cuestiones
enmarcadas en las normas legales, el acuerdo evitará el juicio.
La llamada “mediación prejudicial” se encuentra prevista en
nuestro país, desde mediados de los 90. En la Ciudad de Buenos Aires, por
ejemplo, tiene carácter obligatorio para las cuestiones patrimoniales
básicamente (con algunas exclusiones) y ya rige para otras provincias como
Santa Fe, Buenos Aires, Corrientes, Entre Ríos, Tucumán, y otras, pero no en
todas es obligatoria. (Hay una vieja discusión sobre la “obligatoriedad” como
contraria al espíritu de la mediación). Ha demostrado ser eficaz en la
resolución de conflictos familiares y otros, reduciendo notablemente el nivel
de judicialidad. Aquí en la Ciudad, el acuerdo tiene los efectos de la
sentencia, ahorrando tiempo, dinero y desgaste de los involucrados, actuando
siempre un abogado registrado como mediador, con preparación específica. Creo que los argentinos tenemos afinidad con
lo controversial y no ha sido fácil ni rápido el cambio de paradigmas. Pero de
a poco, se van valorando los resultados y ampliando los campos de actuación.
Hoy hay programas de mediación escolar y algunas experiencias incluso en
mediación penal, con limitaciones en este último caso, obviamente. Es
importante la difusión de la mediación como forma pacífica de resolver las
controversias, dando a conocer sus ventajas y formando mediadores. Son las personas interesadas las que sientan
en la misma mesa para ser oídas y oir también a los otros; a veces no tuvieron
una oportunidad anterior para ello por lo cual valoran la mediación, incluso cuando no es posible arribar a un
acuerdo. Es interesante ver cómo se amplía la capacidad de escucha en muchos
casos y se cambia el clima, logrando pacificar. La mediación puede contemplar
soluciones que un juez no puede dar, porque éste sólo determina quién gana y
quién pierde. Las partes descartan ir a juicio cuando hallan más atractivo el
acuerdo que ir a tribunales por años. En esta negociación, piden y ceden,
logran y otorgan, ganando todos algo. Este espíritu rebasa al abogado mediador,
se extiende a la vida toda de quienes se dedican a la negociación en sus
diversas facetas.
Por eso la actitud y convicción sobre los valores de la
negociación nos puede convertir en agentes pacificadores, allí donde nos
encontremos. La escuela, la oficina, la fábrica, la empresa, todos son lugares
donde esto se puede enseñar. Satisfacer nuestros intereses a través de la
negociación debería ser enseñado y
practicado en todos los niveles para vivir mejor en el inevitable mundo repleto
de conflictos que nos abren así, nuevas oportunidades.
Susana Corbacho
Abogada, negociadora,
facilitadora en procesos alternativos de solución de conflictos, mediadora.
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