Sabemos que la sigla RSE significa
responsabilidad social de la empresa, o sea que la
empresa puede ser mecenas o
benefactora. Trataré de aclarar las
diferencias.
El benefactor es
una persona o institución que hace un
bien o presta una ayuda a otra u otras personas de manera desinteresada Los grandes benefactores de la humanidad se
han caracterizado por su trabajo desinteresado en pro de causas que fueron consideradas
imposibles o cuando menos improbables por sus pares. El carácter decidido, la
constancia y un poco de suerte han hecho que hoy recordemos su vida como
hazañas dignas de ser emuladas.
Los Premio Nobel de Física y
medicina son considerados benefactores de la Humanidad, por ejemplo. ¿Cuál es la diferencia con el mecenas?
Mecenas es aquel que brinda su
apoyo a artistas y el término se refiere
a Cayo Cilnio Mecenas que fue noble romano confidente y consejero
político de César Augusto e importante impulsor de las artes, protector de jóvenes
talentos de la poesía y amigo de destacados
autores como Virgilio y Horacio. Su dedicación artística acabó por
hacer de su nombre, Mecenas, un sinónimo de aquel que fomenta y
patrocina las actividades artísticas desinteresadamente.
En algunas plazas hay
carteles que anuncian que está cuidada por alguna empresa porque
también se consideran como mecenazgo los
proyectos de construcción de infraestructura
para la cultura , el espectáculo y el entretenimiento
Según el proyecto de ley el mecenazgo cultural, es el pago total o parcial de estudios de
especialización. Según el proyecto de ley el
mecenazgo cultural es el pago total o parcial de estudios de
especialización.
Por lo
tanto el concepto de mecenas culturales es amplio e incluye a los benefactores. Ambos
son mecenas culturales pues tanto el que da como el que recibe, son personas
naturales o jurídicas privadas que contribuyen a la concreción total o parcial de un proyecto o
actividad cultural. También aparece la
figura de los patrocinadores quienes relacionan
su imagen o la de sus productos con el proyecto o actividad que financian, a
diferencia de los benefactores , que no relacionan el hecho con su imagen comercial.
La gran
pregunta es si para las empresas hay beneficios tributarios
Para
efecto del Impuesto a la renta, los benefactores podrán deducir como gasto, el
100% del monto que destinen al financiamiento de proyectos o actividades
culturales. En el caso de los patrocinadores, podrán deducir como gasto el 50%
del monto que destinen al financiamiento de proyectos o actividades culturales.
Elsa
Scopazzo
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